Wilminton Richard Harrison Polania Bello, Anayibe Ome Barahona, Evelia Sabí Ramírez
I+D Revista de Investigaciones ISSN 2256-1676 / ISSN en línea 2539-519X
Volumen 16 Número 2 Julio-Diciembre de 2021 pp. 95-105
99
gravar con tarifas variadas como se evidencia en el caso
del impuesto nacional al consumo (Abello Zapata, 2016).
En el caso de Colombia, del total del recaudo tributario
entre 1990 y 2010, el 56.90% ha correspondido a tributos
indirectos mientras que el restante 43.10% tiene por
fuente la tributación directa (López Acero & Chaparro
Parra, 2014). A pesar de ir en contravía con los principios
constitucionales de equidad y de proporcionalidad, los
impuestos indirectos, son los que más proporcionan
recursos tributarios a las arcas estatales. En Colombia,
por ejemplo, el IVA, desde los años 90's, se ha
caracterizado por allegar la mayor parte de recursos
tributarios al erario público, relegando a un segundo
plano los impuestos directos, especialmente el de renta.
Pese a ello, Colombia y Brasil se catalogan líderes en
Latinoamérica en lo que respecta al recaudo efectivo de
impuestos directos, especialmente a nivel de renta
(Macías Cardona & Cortés Cueto, 2015).
Breve revisión histórica del Impuesto sobre la renta
Génesis internacional y nacional
El impuesto de renta vigente, hoy en día, en muchos
Estados de occidente, es bastante antiguo, data del Siglo
XVIII en Inglaterra, donde “aparece el primer impuesto
personal analítico” (Torres Diz, 1973, p. 41). Este país lo
estableció para detraer renta de sus ciudadanos, con el fin
de financiar la guerra, fue recaudado durante un par de
décadas hasta que el parlamento británico lo desmontó.
A mediados del siglo XIX se desengavetó ante la
creciente necesidad que presentó la corona británica de
recaudar recursos para atender el aumento progresivo del
gasto social, que, a finales de siglo pasado, se generalizó
en todo el mundo. Esto llevó a más de 15 países a darle
vida jurídica a este tributo de tipo cedular, con el fin de
gravar diferentes tipos de renta, a un tipo impositivo del
10% (Barreix et al., 2010).
La doctrina española reconoce como primera forma de
imposición de las rentas el gravamen a la propiedad, que
resultó ser una antesala para luego gravar las rentas brutas
y, posteriormente, el producto neto de distintas fuentes de
renta, que terminó con la imposición personal (Torres
Diz, 1973). Sitúan, también, el origen de la imposición
sobre la renta, el 28 de agosto de 1809, cuando la Junta
Superior del Principado de Cataluña, dicta en esa fecha
una Orden para establecer una contribución, tratándose
sin duda alguna, de la imposición sobre la renta, hoy en
día conocido como Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas -IRPF. Se cree que fue la Junta Superior
del Principado de Cataluña la primera en establecer esa
contribución. Luego la Junta Superior Central, siguiendo
el mismo ejemplo, el 12 de enero de 1810, fijó la
Contribución Extraordinaria de Guerra (Crespo Garrido,
2009).
En Estados Unidos, el impuesto de renta fue introducido
como impuesto federal y sirvió de fuente de financiación
en el período de la gran depresión (1929) y en la entrada
de este país en la segunda guerra mundial (1941), el
recaudo se vio masificado, cuando se aumentó en 15
veces el universo de contribuyentes, principalmente de
trabajadores, que se gravaron en un 60% iniciando la
década de los 40’s (Barreix et al., 2010).
En Colombia este tributo data desde los albores de la
independencia, cuando el Congreso de Cúcuta lo aprobó
gravando salarios de manera progresiva, hasta su
suspensión en 1823 y la abolición definitiva en 1826.
Durante el Siglo XIX el Impuesto sobre la renta no tuvo
un importante recaudo, las rentas provenientes de la
explotación de bienes de propiedad de la Nación, junto
con los derechos de aduanas, particularmente, los
derechos a la importación, fueron la principal fuente del
fisco nacional (Díaz, 1997).
Principales acontecimientos del Impuesto sobre la
renta en Colombia durante el Siglo XX
En 1918, con la Ley 56 de ese año, se revivió
jurídicamente el impuesto a la renta, con ciertas
similitudes a las que presenta el que actualmente está
vigente (Reyes Amaya, 2014); no obstante, empezó a
regir en 1922, constituyendo en 1923, una composición
de tan solo el 7%, dentro de los ingresos tributarios.
Cinco años más tarde, la Ley 64 de 1927, hizo la
distinción entre renta bruta y liquida (Departamento
Nacional de Planeación, 2002). Durante la tercera década
del Siglo XX el Impuesto sobre la renta comenzó a tomar
fuerza, gracias al crecimiento de la economía nacional
que inició por los años 20, promovido por la expansión
cafetera y el surgimiento de la industria (Mora Toscano,
2013). A medida que aumentaba el universo de
contribuyentes, el legislador, mediante la Ley 81 de
1931, incorporó varias deducciones y declaró como
exentas las rentas originadas en concepto de intereses.
La pujanza económica que experimentaba el país, llevó a
la Ley 78 de 1935, modificada por la Ley 63 de 1936, a
crear los impuestos al exceso de utilidades y al
patrimonio, que junto con el impuesto a la renta,
fortalecieron la tributación directa en el ordenamiento
colombiano (Mora Toscano, 2013). Posteriormente, la
Ley 45 de 1942, estableció por primera vez una sobretasa
temporal en el impuesto de renta, con el fin de
contrarrestar los efectos negativos que por esa época
experimentaba la economía nacional a raíz de los
acontecimientos del comercio internacional (Lewin
Figueroa, 2008).
Colombia empezó a gravar los dividendos con el
Impuesto sobre la renta, en 1931, a través de la Ley 81 de
ese año. En 1953, el Gobierno recibió presiones de los